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C.M.S. C/ D.O.S. Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el marco de un juicio por daños y perjuicios. El Tribunal concedió el beneficio, considerando acreditada la situación de carencia de recursos del solicitante.

Incidente Beneficio de litigar sin gastos Capacidad economica Prueba testimonial Costas judiciales Carga de la prueba Carencia de recursos Demandado rebelde Art. 78 y ss. del cpcc Notificacion electronica

Actor: C.M.S. Demandado: D.O.S.; B.I.S.S.A. Objeto: Beneficio de litigar sin gastos. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos al actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El beneficio de litigar sin gastos constituye una franquicia que se le concede a ciertos litigantes para actuar ante la justicia sin la obligación de hacer frente a las erogaciones que demanda un pleito... la concesión del beneficio es de carácter excepcional y restrictivo... No obstante, la parte demandada no ha arrimado elemento probatorio alguno tendiente a acreditar la capacidad económica de la parte actora que alega...". "Por todo lo expuesto, encuentra la Suscripta suficientemente acreditadas las circunstancias que tornan viable la concesión beneficio incoado con los alcances de los arts. 78 y ss. del C.P.C.C.."

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