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URANGA JUAN JOSE C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS

Juan José Uranga promueve la ejecución de honorarios profesionales contra Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada por la suma de $400.000. El Tribunal ordena llevar adelante la ejecución y establece que las costas serán a cargo de la parte ejecutada, difiriendo la regulación de honorarios.

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Actor: JUAN JOSE URANGA Demandado: RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Objeto: Ejecución de honorarios profesionales por la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000.-) Decisión: Se hace lugar a la ejecución solicitada y se imponen las costas a la parte ejecutada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que encontrándose vencido el plazo legal para que el ejecutado oponga excepciones corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)." "Respecto a los intereses deben calcularse exclusivamente sobre el capital mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Pcia. de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, desde la fecha de mora acaecida el 26/05/2024 y hasta su efectivo pago (arg. art. 54 del arancel de abogados)." "Las costas del presente se imponen a la parte ejecutada en su carácter de vencida difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno (arts.51 y art. 58 del arancel)."

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