D.R.E. C- E.I.E. S- PRESCRIPCION ADQUISITIVA
El actor promovió demanda por prescripción adquisitiva del dominio de un inmueble. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declarando que el demandante adquirió el dominio por prescripción.
¿Quién es el actor?
R.E.D.
¿A quién se demanda?
Doña E.E. e I.; Don A.J.M.A.; Sus sucesores
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva de un inmueble en Mar del Plata.
¿Qué se resolvió?
Se declara adquirido el dominio por prescripción a favor del demandante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal señala que "la posesión animus domini continua e ininterrumpida... habría principiado y consumido el plazo prescriptivo". Se destaca que "la comprobación de tales extremos... debe efectuarse de manera insospechable, clara y convincente". La prueba documental y testimonial presentada por el actor permitió acreditar su posesión y los actos de dominio sobre el inmueble durante más de 20 años, cumpliendo así con los requisitos para la usucapión. Finalmente, se establece que el plazo prescriptivo se cumplió el 5/11/2007.
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