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D.R.E. C- E.I.E. S- PRESCRIPCION ADQUISITIVA

El actor promovió demanda por prescripción adquisitiva del dominio de un inmueble. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declarando que el demandante adquirió el dominio por prescripción.

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¿Quién es el actor?

R.E.D.

¿A quién se demanda?

Doña E.E. e I.; Don A.J.M.A.; Sus sucesores

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prescripción adquisitiva de un inmueble en Mar del Plata.

¿Qué se resolvió?

Se declara adquirido el dominio por prescripción a favor del demandante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal señala que "la posesión animus domini continua e ininterrumpida... habría principiado y consumido el plazo prescriptivo". Se destaca que "la comprobación de tales extremos... debe efectuarse de manera insospechable, clara y convincente". La prueba documental y testimonial presentada por el actor permitió acreditar su posesión y los actos de dominio sobre el inmueble durante más de 20 años, cumpliendo así con los requisitos para la usucapión. Finalmente, se establece que el plazo prescriptivo se cumplió el 5/11/2007.

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