MENIGALI RUBEN OSCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab-in fantato de RUBEN OSCAR MENIGALI a favor de sus hijos, tras comprobar su fallecimiento ocurrido el 10 de abril de 2025, y verificar que los herederos son Debora Cecilia y Leonardo Sebastian Menigali, en virtud de la normativa de sucesiones y las constancias probatorias adjuntas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente resolución fue dictada en autos de "MENIGALI RUBEN OSCAR c/ SUCESION AB-INTESTATO". El tribunal verificó el fallecimiento de Ruben Oscar Menigali con fecha 10 de abril de 2025, mediante acta inscripta. Además, constató que el causante estaba divorciado desde 2010, habiendo contraído matrimonio en 1979 con Maria Antonio Saya, de cuyos vínculos nacieron Debora Cecilia y Leonardo Sebastian Menigali. La sentencia establece que, de acuerdo con el artículo 2340 del Código Civil y Comercial, los hijos declaran que su derecho es exclusivo, y que tras el incumplimiento de publicación de edictos, se declara en cuanto ha lugar que los herederos son los mencionados hijos del fallecido. La decisión se fundamenta en las constancias probatorias, la normativa aplicable y la ausencia de terceros que puedan oponerse a la sucesión. Fundamentos principales: "Que el acto de apertura de la sucesión ab-infantato del causante, RUBEN OSCAR MENIGALI, se acredita mediante el acta N° 60 inscripta al Tomo 31 PR del año 2025, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires." "Que los herederos son sus hijos Debora Cecilia y Leonardo Sebastian Menigali, quienes manifestaron que su derecho es exclusivo, conforme lo establecido en el artículo 2340 del Código Civil y Comercial." "Que, respecto a la publicación de edictos, se ha cumplido con la normativa, y su resultado fue negativo, por lo que procede la declaración de herederos en favor de los hijos del causante." "Que, en virtud de lo dispuesto en los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial, y arts. 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, se realiza la declaración en cuanto ha lugar, sin perjuicio de terceros."
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