GAGLIARDO DIEGO HERNAN C/ PEREZ DELFOR LAURA Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La sentencia declara la caducidad de la instancia en un proceso de desalojo por falta de pago, fundamentando que la inactividad de la parte actora durante más de tres meses tras la intimación dispuesta por el tribunal implica la extinción del proceso. La resolución ordena el archivo del expediente y la imposición de costas a la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Gagliardo Diego Hernán, inició un proceso de desalojo por falta de pago contra Laura Pérez Delfor y otros. La jueza Débora Elena Lelkes, tras ordenar una intimación por honorarios y verificar la inactividad de la parte actora desde la última actuación hábil el 20/12/2023, dispuso la declaración de caducidad de instancia en virtud del art. 315 del C.P.C.C. (Ley 13.986). La resolución se fundamenta en que la caducidad es un instituto de orden público que sanciona la inactividad prolongada, y que el plazo de tres meses para continuar con la acción, contado desde la última actuación, fue superado. La jueza señala: "La caducidad de la instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes quienes ante el desinterés demostrado de esta forma tienen su sanción." Asimismo, establece que "habiéndose dado cumplimiento con la intimación dispuesta por el art. 315 del CPCC., el plazo de tres meses previsto por el Art. 310, Inc. 3º, del C.P.C.C., para este tipo de juicio, debe computarse partiendo del día 20/12/2023." En consecuencia, ordena el archivo del expediente y la imposición de costas a la parte actora, sin regulación de honorarios en este acto.
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