SEDRONAR c/ MUNICIPALIDAD DE TRES DE FEBRERO-EXPTE 4123/14 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara redujo los honorarios de la letrada en un monto de $1.280.834,1, equivalente a 16,9 U.M.A., por la labor desarrollada en el proceso. La decisión toma en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión, ajustándose a la ley 27.423 y a la resolución SGA-CSJN 1860/25, dejando constancia que la regulación no incluye IVA, que deberá adicionarse según la situación fiscal de la profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Cámara Contencioso Administrativo Federal, en sala IV, regula los honorarios de la letrada Sandra Nora Farinella en el marco del expediente “SEDRONAR c/ MUNICIPALIDAD DE TRES DE FEBRERO”, por la labor en la defensa del actor.
- La resolución establece que la suma a pagar debe reducirse a $1.280.834,1, considerando la naturaleza del asunto, el valor y la trascendencia del trabajo, en consonancia con los arts. 16, 19, 21, 29, incs. a, b y c, 51 y ccdtes. de la ley 27.423, y la resolución SGA-CSJN 1860/25.
- Se deja constancia que la regulación no incluye el IVA, que deberá adicionarse conforme a la situación fiscal de la profesional.
- La decisión fue tomada en atención a la trascendencia y valor del trabajo, y la cantidad acordada refleja la valoración del trabajo profesional en el contexto del proceso.
- El Dr. Rogelio W. Vincenti no firma la sentencia por hallarse en licencia.
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