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SEGOVIA MARIA CELINA C/ CICHERO MYRNA BETIANA S/ DESPIDO

María Celina Segovia promovió incidente por caducidad de instancia en el marco de un despido. El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la demandante.

Incidente Caducidad de instancia Despido Inactividad procesal Ley n? 11.653 Costas Tribunal del trabajo Ciudad de lanus Apercibimiento Proceso laboral


¿Quién es el actor?

María Celina Segovia

¿A quién se demanda?

Myrna Betiana Cichero
- Objeto de la demanda: Caducidad de la instancia en un juicio por despido.
- Decisión del tribunal: Se decreta la caducidad de la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia, con costas." Además, establece que "Las costas deberán imponerse a la parte actora en virtud de la inactividad procesal en la que incurrió en obrados."

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