RODRIGUEZ EDUARDO OMAR C/ CAJA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUEN S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor promovió demanda por el restablecimiento de derechos y la inconstitucionalidad de la Ley n° 15.008 en el ámbito previsional. La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de un artículo de la ley impugnada.
Actor: Eduardo Omar Rodríguez Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos y declaración de inconstitucionalidad de la Ley n° 15.008 Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y se ordena el pago de importes adeudados; se rechaza la inconstitucionalidad del artículo 11 y se acepta la excepción de prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 15.008 ha sido objeto de numerosas impugnaciones debido a su impacto negativo en los derechos de los jubilados. En este contexto, la inconstitucionalidad del artículo 41 se justifica por la afectación a la movilidad previsional, que debe estar garantizada de acuerdo con los derechos adquiridos..." "La situación de los jubilados, como grupo vulnerable, exige una protección especial, lo que se ha visto vulnerado por la aplicación de la Ley n° 15.008, que ha ocasionado una regresión en sus derechos." "La modificación del régimen de movilidad debe asegurar una relación justa entre los haberes de pasividad y actividad, garantizando un nivel de vida acorde a lo recibido durante la actividad laboral."
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