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RAMOS ELENA LUJAN C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - PREVISION

El actor promovió demanda de restablecimiento de derechos y pretensión indemnizatoria contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y ordenó el pago de los importes adeudados.

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Actor: Elena Luján Ramos Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos y aplicación del régimen de movilidad de las prestaciones jubilatorias conforme a la Ley n° 11.761. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y se ordenó el pago de los importes adeudados desde su aplicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El mecanismo de movilidad que se aplica a los jubilados del Banco Provincia a partir de la vigencia de la Ley n° 15.008 ha sido cuestionado de modo incesante." "La movilidad jubilatoria establecida por la ley 15.008 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja." "La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización."

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