PERON LAURA VANINA C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Laura Vanina Perón promovió acción de revisión contra el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por un accidente in itinere. El Tribunal del Trabajo Nº 4 se declaró incompetente y declinó la causa al Tribunal del Trabajo Nº 1 de Florencio Varela por razones de competencia territorial.
Actor: Laura Vanina Perón Demandado: Gobierno de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional por un accidente in itinere. Decisión: El tribunal se declaró incompetente y declinó la causa a favor del Tribunal del Trabajo Nº 1 de Florencio Varela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en la causa 'Véliz', concluyó que al haber intervenido en el trámite administrativo la Comisión Médica de Quilmes, corresponde que entendiera en ese proceso judicial el Tribunal del Trabajo con asiento en Florencio Varela." "La Resolución SRT 23/2018 organizó las Comisiones Médicas por cabeceras departamentales, ubicando a Florencio Varela dentro del Departamento Judicial de Quilmes. Conforme la Resolución 326/2010 de la SCBA, la competencia exclusiva sobre dicho territorio recae en el Tribunal del Trabajo N.º 1 con sede en Florencio Varela." "Si la parte actora escogió la competencia para transitar el procedimiento administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional 373 de Quilmes en razón de tener su domicilio real en la localidad de Florencio Varela, resulta de aplicación al caso el criterio sentado por nuestra Suprema Corte en el fallo 'Veliz' ya citado."
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