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CORNIDE, ANA LAURA Y OTRO C/ IOMA S/AMPARO

Los actores promovieron un recurso de apelación contra la decisión que les exigía adecuar sus peticiones a un incidente por el incumplimiento de la cobertura médica de su hijo. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el procedimiento indicado es el adecuado para la ejecución de la sentencia.

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Actor: Ana Laura Cornide y Carlos Javier Pizzolito Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA) Objeto: Cobertura integral y total de las necesidades médicas del menor Luka Pizzolito, y el embargo de $2.134.240 por incumplimiento. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó el pronunciamiento de la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte actora se agravia de la decisión emitida en la instancia anterior de requerirle que, frente a futuros y eventuales incumplimientos del IOMA, proceda 'adecuar las peticiones' que tengan por objeto exigir a la demandada el cumplimiento de la sentencia firme dictada en autos con fecha 03-04-2024." "El pronunciamiento apelado solo se limita a señalar, en ejercicio de la prerrogativa de los jueces prevista en el art. 34 inc. 4 del CPCC, el cauce procedimental apropiado que debe observarse para ejecutar la sentencia firme dictada en autos." "La actora deberá entonces probar el incumplimiento de la manda jurisdiccional e iniciar el trámite de ejecución de sentencia que persiga el pago del costo de la prestación acordada para destinar las sumas resultantes a satisfacer el crédito insatisfecho."

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