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SANCHEZ MABEL CATALINA C/ ASOCIACION ITUZAINGO GOLF CLUB S/ DIFERENCIA INDEMNIZACION

El actor solicitó la homologación de un convenio conciliatorio y la aprobación de un pacto de cuota litis. El Tribunal homologó el acuerdo por $4.000.000 y no aprobó el pacto de cuota litis por falta de ratificación personal.

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Actor: SANCHEZ MABEL CATALINA Demandado: ASOCIACION ITUZAINGO GOLF CLUB Objeto: Homologación de un convenio conciliatorio y un pacto de cuota litis. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por $4.000.000 y se rechazó la homologación del pacto de cuota litis.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." "En el caso de autos, la actora si bien ha celebrado pacto de cuota litis tal como surge denunciado en el libelo de inicio con su letrada apoderada, el mismo no ha sido ratificado personalmente por la accionante por lo que corresponde no homologar el convenio al que se hace referencia (art. 277 LCT)." "Que resultando la multa proporcionada con el monto de la obligación, corresponde homologar la cláusula penal pactada por las partes."

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