IPARRAGUIRRE JUAN CARLOS C/ CAJA DE JUB., SUBS. Y PENS. DEL PERSONAL DEL BCO DE LA PCIA DE BS Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor Juan Carlos Iparraguirre demandó a la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de sus derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, argumentando que vulnera la movilidad previsional garantizada constitucionalmente.
Actor: Juan Carlos Iparraguirre Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y liquidación de haberes previsionales conforme a normativa anterior a la ley 15.008. Decisión: Se confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, manteniendo el derecho del actor a la movilidad previsional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La modificación de la determinación del haber previsional dispuesto en el art. 41 de la ley 15.008 infringe la garantía de movilidad (arts. 14 bis de la Constitución Nacional y 39 de la Constitución provincial, entre otros)." "El artículo 41 de la ley 15.008 exhibe, en lo que atañe a la movilidad de jubilaciones y pensiones, una fisonomía particular en tanto consagra una amplia remisión al régimen instituido por la Ley Nacional 26.417, y sus modificatorias." "La Cámara concluye que el precepto legal objetado en autos porta, por fuera de los extremos ponderados, un defecto de entidad que por sí mismo autoriza su descalificación." "La fórmula legal contenida en el art. 41 de la ley 15.008 importa la violación de los mandatos e interdicciones que, contenidos en los arts. 1, 3 y 45 de la Constitución provincial, veda a los poderes públicos delegar de manera genérica o abierta a otro poder."
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