CHAPARRO MARIO ABEL C/ MINISTERIO DE SALUD S/ AMPARO POR MORA
El actor promovió recurso de apelación contra la liquidación de astreintes aprobada por el Juzgado de Primera Instancia. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la decisión al considerar que el cumplimiento de la sentencia no eximía de las sanciones impuestas por incumplimiento previo.
Actor: Mario Abel Chaparro Demandado: Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Liquidación de astreintes por incumplimiento de sentencia Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso no merece prosperar... corresponde tener por consolidada la acreencia del actor en concepto de sanciones conminatorias... La liquidación practicada por el beneficiado actúe como bisagra para la aplicación de la última parte del art. 37 del C.P.C.C., no es una posición caprichosa de esta Alzada, ya que ese hecho impulsado por el interesado consolida un período temporal de incumplimiento o resistencia al mandato jurisdiccional." "Bajo tales lineamientos, constatando que la parte actora practicó la liquidación de su crédito con anterioridad a la fecha de cumplimiento de la sentencia que denunció la demandada, corresponde tener por consolidada la acreencia del actor en concepto de sanciones conminatorias."
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