DI LORETO ROQUE EDUARDO C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Roque Eduardo Di Loreto demandó a la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco por el restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008 y ordenó el reconocimiento de derechos previsionales del actor.
Actor: Roque Eduardo Di Loreto Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008. Decisión: Se confirmó el fallo de primera instancia, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la declaración de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El magistrado de anterior grado dictó sentencia con el alcance antes indicado. [...] la sola desconexión entre el vínculo de los haberes previsionales con los haberes activos genera -de por sí
- un agravio cuando se proyecta sobre beneficios obtenidos bajo un sistema legal que establecía esas conexiones."
"El art. 41 de la ley 15.008 exhibe -en lo que atañe a la movilidad de jubilaciones y pensiones
- una fisonomía particular en tanto consagra 'una amplia remisión al régimen instituido por la Ley Nacional 26.417, y sus modificatorias'."
"La fórmula legal contenida en el art. 41 de la ley 15.008 importa la violación de los mandatos e interdicciones que, contenidos en los arts. 1, 3 y 45 de la Constitución provincial, veda a los poderes públicos delegar de manera genérica o abierta a otro poder las facultades expresamente conferidas por la Carta Magna local, con afectación de las garantías constitucionales fijadas en torno a los regímenes previsionales de jurisdicción bonaerense."
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