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TABARES TAHIEL MARCOS AGUSTIN C/ COTECSUD COMPAÑIA TECNICA SUDAMERICANA S.A. DE SERVICIOS EMPRESARIOS S/ DESPIDO

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido. El Tribunal del Trabajo Nº 4 de Lomas de Zamora homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público.

Incidente Despido Homologacion Acuerdo conciliatorio Honorarios Costas Ley 20.744 Ley 15.057 Tasa de justicia Tribunal del trabajo

Actor: TABARES TAHIEL MARCOS AGUSTIN Demandado: COTECSUD COMPAÑIA TECNICA SUDAMERICANA S.A. DE SERVICIOS EMPRESARIOS Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio y se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional." "Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes. (Art. 30 Ley 15.057, Art.15 Ley 20.744)." "Se establece la regulación de honorarios profesionales, considerando la naturaleza, calidad, eficacia, extensión e importancia de la labor realizada."

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