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MARECO LOPEZ LIZ TAMARA C/ COTECSUD COMPAÑÍA TECNICA SUDAMERICANA SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS EMPRESARIOS Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio y desistimiento de la acción por despido. El Tribunal homologó el acuerdo y resolvió sobre el pago de honorarios y costas, considerando que no vulnera principios de orden público.

Homologacion Despido Acuerdo conciliatorio Honorarios Costas Tasa de justicia Ley 20.744 Ley 15.057 Provincia de buenos aires Tribunal de trabajo


¿Quién es el actor?

MARECO LOPEZ LIZ TAMARA

¿A quién se demanda?

COTECSUD COMPAÑÍA TÉCNICA SUDAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA DE SERVICIOS EMPRESARIOS; GILERA MOTORS ARGENTINA S.A.
- Se reclama: Homologación de un acuerdo conciliatorio y desistimiento de la acción por despido.
- Decisión del tribunal: Se homologa el desistimiento y el acuerdo conciliatorio; se resuelven honorarios y costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes." Además, se impone a la demandada el pago de la TASA DE JUSTICIA por un monto de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 88.000.-) y se regulan honorarios profesionales.

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