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PEDERSOLI JUAN MARIO C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (I.P.S.) S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION

El actor promovió demanda contencioso administrativa para anular resoluciones del Instituto de Previsión Social que limitaban el reconocimiento de retroactividades. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho a las diferencias devengadas y no prescriptas desde el 15.04.09.

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Actor: Juan Mario Pedersoli Demandado: Instituto de Previsión Social (I.P.S.) Objeto: Anulación de resoluciones que limitan el reconocimiento de retroactividades en su jubilación. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que anula las resoluciones del I.P.S. y ordena el pago de diferencias devengadas y no prescriptas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La jueza de la causa decide hacer lugar a la demanda interpuesta (res. del 02.03.20). Se pronuncia anulando la resolución n° 799.323 (01.10.14) y su confirmatoria resolución n° 850.358 (29.09.16), emitidas por el Instituto de Previsión Social y ordena a la demandada a realizar la liquidación y pago de las diferencias devengadas y no prescriptas hasta dos años anteriores al reclamo efectuado por la actora 15.04.11." "El recurso de apelación es de recibo y la sentencia pronunciada exhibe error de juzgamiento, pues se aparta de la fecha de presencia de una condición objetiva de pago, sólo acreditada a partir del momento que determinara la jurisprudencia aplicable." "La resolución de otorgamiento no muestra pues óbices causales ni de motivación."

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