COLUCCIO ROBERTO C/ CAJA JUB SUB PEN PERS BCO DE LA PCIA DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de derechos previsionales. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008, reconociendo el derecho al reajuste de su haber previsional.
Actor: Roberto Coluccio Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento del derecho al reajuste de su haber previsional Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y se ordena el reajuste del haber previsional del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a quo dictó sentencia por la que resolvió acoger parcialmente a la demanda instaurada, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y su inaplicabilidad al caso, reconociendo el derecho al Sr. Roberto Coluccio al reajuste de su haber de pasividad." "El artículo 41 de la ley 15.008 establece que 'los haberes de las prestaciones indicadas serán móviles y se actualizarán conforme la variación del índice de movilidad establecido en la Ley Nacional 26.417', lo que provoca un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base, quedando librada a un sistema previsional extraño, que ha probado ser inestable o azaroso."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: