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VICENTE EDUARDO TOMAS C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El actor Vicente Eduardo Tomás apeló la sentencia que reconoció parcialmente su derecho al restablecimiento de haberes previsionales. La Cámara de Apelaciones declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008 y modificó la metodología de cálculo de los intereses aplicables.

Recurso de apelacion Prevision social Inconstitucionalidad Derechos previsionales Movilidad jubilatoria Intereses Tasa pasiva Caja de jubilaciones Restablecimiento de derechos Proporcionalidad


- Quién demanda: Vicente Eduardo Tomás

¿A quién se demanda?

Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modificó la metodología de cálculo de intereses

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Cámara resolvió hacer lugar parcialmente a la pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos deducida en autos contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación concreta al caso." "La magistrada estima que sólo con analizar el propio texto normativo controvertido, surge acreditado el perjuicio que le acarrea a la parte actora la aplicación de dicho sistema de movilidad." "Se confirma la decisión en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, y se modifica el cálculo de los intereses aplicables, mandando calcular las retroactividades a valores actuales, con un interés del 6% anual hasta el dictado de la sentencia."

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