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MACHUCA MARIANO MARTIN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora homologó un acuerdo conciliatorio en causa por enfermedad profesional, confirmando la validez del mismo y ordenando diversos procedimientos y comunicaciones a las partes.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora, en la causa N° 49457 "MACHUCA MARIANO MARTIN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL", resolvió homologar un acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes. La jueza LAREQUI MARIA EUGENIA consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y que representa una justa composición de derechos e intereses. Los votos concurrentes de RIVOLTA BLANCA ESTER y BUDNIK GUSTAVO DANIEL acompañaron en los fundamentos. El fallo ordena la homologación del acuerdo, con las siguientes condiciones: intimación a la demandada para integrar el sellado correspondiente a la tasa de justicia, costas a la demandada, regulación de honorarios profesionales, pago de honorarios y aportes previsionales, comunicación a la ART y a los profesionales intervinientes, y diversas medidas de notificación y cumplimiento. Se recuerda además que las providencias relacionadas a honorarios deben notificarse personalmente y que los honorarios judiciales deben abonarse en los plazos establecidos. Se reitera la validez de las comunicaciones electrónicas y la publicación en la planilla de la Cámara. Fundamentos principales: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional." "En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal." "Por ello, el Tribunal del Trabajo N° 4 ... en causa Nº 49457, caratulada: 'MACHUCA MARIANO MARTIN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL' RESUELVE: a) Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes." Se observa que la homologación se realiza en virtud de la conformidad de las partes y la adecuación a los principios de justicia y orden público, con especial atención a las formalidades y requisitos legales para

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