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BAGNATO JORGE PEDRO Y OTROS C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Los actores demandaron a la Caja de Jubilaciones para el reconocimiento de derechos de movilidad jubilatoria. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación concreta al caso.

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Actor: Bagnato Jorge Pedro y otros Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación al caso concreto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 41 de la ley 15008, al establecer un sistema de movilidad que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad, provoca la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La norma cuestionada atiende a indicadores ajenos al cargo regulatorio del haber, lo que resulta lesivo para los derechos de los actores." "El Poder Ejecutivo ha presentado un proyecto de ley que procura modificar los aspectos cuestionados, lo que refuerza la inconstitucionalidad declarada."

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