OLIVA VICTOR NORBERTO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Víctor Norberto Oliva promovió demanda contencioso administrativa solicitando la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 15.008 para recuperar la movilidad jubilatoria. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró parcialmente la inconstitucionalidad del artículo 41 y ordenó calcular las diferencias adeudadas con intereses.
Actor: Víctor Norberto Oliva Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 15.008 y reconocimiento del derecho a la movilidad jubilatoria conforme el régimen anterior Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y se ordenó calcular las diferencias retroactivas a favor del actor
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 15.008 introduce un nuevo método de cálculo que provoca un desequilibrio en la proporción entre los haberes de actividad y pasividad, vulnerando la seguridad social." "El artículo 41 de la Ley 15.008 se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad." "El nuevo régimen no se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base, quedando librado a un sistema previsional extraño, lo que genera un impacto negativo en la legítima situación subjetiva del actor."
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