DILASCIO DE GALASCO EDITH NORMA C/ CAJA DE JUB.SUBS.Y PENS.PERSONAL BCO.PCIA. BS.AS. S/PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Edith Norma Dilascio de Galasco promovió demanda contencioso-administrativa contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el reajuste de su haber previsional. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, considerando ajustada a derecho la liquidación del haber previsional.
Actor: Edith Norma Dilascio de Galasco. Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Objeto: Reajuste del haber previsional y reducción del aporte sobre su beneficio. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la pretensión de reconocimiento de derechos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La determinación del haber previsional debe efectuarse conforme a la ley vigente al momento del cese, en tanto que la movilidad del haber quedó comprendida en las prescripciones de la ley 13.364." "No se visualizan componentes que demuestren una desigualdad de trato, sin que la pericia producida aporte elementos de convicción que brinden certeza en relación con el demérito pregonado y las diferencias entre pasivos de los diversos regímenes legales." "La exégesis de la sentencia ataca coincide con la regla general que es de rigurosa aplicación en materia previsional y que remite al régimen legal con vigor a la fecha de cese, para establecer el aplicable al beneficio que tramite y obtenga el afiliado."
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