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FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ GONZALEZ LUCILA ANTONELA S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

FCA Compañía Financiera S.A. apeló la sentencia que declaró inaplicable el artículo 39 del Decreto Ley 15.348 en relaciones de consumo y rechazó la acción de secuestro. La Cámara dejó sin efecto la resolución apelada por prematura, ordenando un traslado previo al deudor para garantizar su derecho de defensa.

Recurso de apelacion Accion de secuestro Relacion de consumo Ley de defensa del consumidor Derecho de defensa Medida cautelar Jurisprudencia Procedimiento civil Notificacion Inaplicabilidad

Actor: FCA Compañía Financiera S.A. Demandado: Lucila Antonela Gonzalez Objeto: Acción de secuestro sobre un automóvil por un préstamo otorgado. Decisión: Se dejó sin efecto la sentencia de primera instancia por prematura, ordenando un traslado previo al deudor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 39 del decreto
- ley 15.348 no puede aplicar a las relaciones de consumo, en tanto importa la facultad de secuestrar los bienes prendados sin dar audiencia al demandado, contradice las expresas disposiciones y garantías que la ley de Defensa del Consumidor asegura a consumidores y usuarios." "Antes de expedirse sobre la viabilidad de la presente acción correspondía conceder un traslado previo de la demanda por cinco (5) días al deudor consumidor, el que deberá notificarse personalmente o por cédula." "La medida cautelar de secuestro se concede con expresa prohibición al actor de proceder a la venta del automotor o realizar cualquier otro acto de ejecución forzada."

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