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AMADO GABRIELA ROMINA C/ JARAMILLO JOANA ALEJANDRA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

El demandado apeló la sentencia que desestimó un pedido de nulidad de notificación en un proceso de desalojo. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que la notificación fue válida al haberse realizado en el domicilio convencional estipulado en el contrato de locación.

Desalojo Nulidad de notificacion Domicilio convencional Contrato de locacion Codigo civil y comercial Reconocimiento de firma Eficacia probatoria Costas de alzada Sentencia confirmada Recurso de apelacion

Actor: Gabriela Romina Amado Demandado: Joana Alejandra Jaramillo Objeto: Nulidad de notificación de demanda en un proceso de desalojo Decisión: Se rechazó el recurso de apelación, confirmando la sentencia de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El reconocimiento de la firma importa el reconocimiento del contenido del instrumento privado" y "la presunta falsedad de la firma de la actora alegada por la accionada para desvirtuar el efecto obligatorio de lo acordado en el contrato de locación encuentra un valladar en lo que disponía el art. 1013 del Cód. Civ." "A quien posee el documento lo que le interesa probar es la voluntad de obligarse de la otra parte, pero no su propia voluntad, la cual se manifiesta con el sólo hecho de exhibirlo." "La notificación fue válida al haberse realizado en el domicilio convencional estipulado en el contrato de locación."

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