IBAÑEZ NELIDA SOLEDAD C/ BURALL JUAN DOMINGO S/ ALIMENTOS
Nelida Soledad Ibañez apeló la homologación de un acuerdo de alimentos por considerarlo insuficiente. La Cámara revocó la resolución apelada, argumentando que la cuota alimentaria acordada no cubre las necesidades básicas de las menores involucradas.
Actor: Nelida Soledad Ibañez Demandado: Juan Domingo Burall Objeto: Homologación de un acuerdo de alimentos Decisión: Revocación de la resolución apelada
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El agravio introducido por la representación del Ministerio Público Tutelar, cuestionando la cuota alimentaria convenida por las partes, no es ocioso recordar que el art. 641 del CPCC... el juez podrá tener en cuenta, entre otros elementos de mérito, el costo de crianza que surge de la Canasta de Crianza de la Primera Infancia, Niñez y la Adolescencia establecida por el INDEC." "Luce evidente que la cuota convenida que surge del porcentaje (35%) a calcular sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil ($ 296.832), es notoriamente inferior de aplicarse dicho índice de crianza para la franja etaria a la que corresponden las niñas involucradas ($ 503.935)." "La cuota pactada por los progenitores actualmente asciende a $ 103.891,20; importe que de ningún modo alcanza para cubrir mínimamente las necesidades básicas de las dos niñas, en aras de la tutela judicial de sus derechos y, el interés superior del niño que debe guiar toda decisión."
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