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FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ AMARILLA RAMÓN S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

FCA Compañía Financiera S.A. apeló la desestimación de su acción de secuestro por parte del Juzgado de Primera Instancia. La Cámara confirmó la resolución, argumentando que el procedimiento de secuestro vulnera el derecho de defensa del consumidor en el marco de una relación de consumo.

Recurso de apelacion Accion de secuestro Relacion de consumo Derecho de defensa Ley de defensa del consumidor Secuestro prendario Jurisdiccion Proteccion al consumidor Constitucion nacional Procedimiento judicial

Actor: FCA Compañía Financiera S.A. Demandado: Ramón Amarilla Objeto: Secuestro de un automotor prendado. Decisión: Se confirmó la desestimación de la acción de secuestro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho del consumidor debe traducirse en 'garantías procedimentales' que el ordenamiento ofrece a los consumidores para asegurarles una tutela judicial efectiva y oportuna." "El artículo 39 de la Ley de Prenda se evidencia contrario al derecho de los consumidores y su finalidad protectoria, ya que no puede desconocerse que desde el reconocimiento de éstos en la reforma de 1994 de la Constitución Nacional, en el art. 42 y de la ley 24.240 y su reforma por la ley 26.361, el legislador ha pretendido hacer cesar la prevalencia y con ello los abusos de quienes resultan la parte más fortalecida en la relación jurídica de consumo." "La falta de actuación del deudor en el secuestro del bien y el entorno de una relación de consumo, son las circunstancias que obstan la aplicabilidad del artículo 39 de la Ley de Prenda con Registro."

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