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FUKS BOTTCHER BRIAN NICOLAS C/ ASOCIART S.A. A.R.T. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor solicitó la declaración de incompetencia del Tribunal del Trabajo N° 3 ante la administración previa en la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo de incompetencia y remitir el caso al Tribunal correspondiente en Florencio Varela.

Incidente Competencia territorial Accidentes de trabajo Comision medica jurisdiccional Tribunal del trabajo Ley 15.057 Ley 27.348 Florencio varela San martin Asociart s.a. a.r.t.

Actor: FUKS BOTTCHER BRIAN NICOLAS Demandado: ASOCIART S.A. A.R.T. Objeto: Declaración de incompetencia del Tribunal del Trabajo N° 3. Decisión: Se hace lugar al planteo sobre competencia y se remite el caso a la jurisdicción correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a la operatividad que ostenta el art. 3, último párrafo, de la ley 15.057... corresponde resolver conforme la regla allí contemplada con arreglo a la cual la competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable..." "deberá conocer en autos el Tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Florencio Varela, perteneciente al Departamento Judicial de Quilmes." "corresponde hacer lugar al planteo "sub examine"."

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