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COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO, VIVIENDA Y SERVICIOS SOCIALES VI C/ PEDROZO JUAN CARLOS S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió un recurso de apelación contra la ejecución de un préstamo por la suma de pesos trece mil ($13.000). La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que no se comprobó la existencia de gastos deducidos del monto prestado.

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Actor: Cooperativa de Crédito, Consumo, Vivienda y Servicios Sociales Videgar Ltda. Demandado: Juan Carlos Pedrozo Objeto: Cobro ejecutivo de un préstamo. Decisión: Se confirmó la resolución de primera instancia que ordenó la ejecución por la suma de pesos trece mil ($13.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el caso de autos no se encuentra discutida la existencia de una relación de consumo entre las partes, por lo tanto, la cuestión a dirimir debe ser analizada a la luz de las disposiciones de la L.D.C. y del Código Civil y Comercial, en cuanto regula los presupuestos protectorios de los contratos de consumo." "En ese contexto fáctico, ponderando que no surge de la documental examinada cuáles fueron los gastos realizados ni tampoco que se hayan fehacientemente efectuado pues no hay rendición de cuentas de dichas erogaciones, es que considero que la resolución atacada resulta ajustada a derecho." "En consecuencia, dado que no se puede comprobar a qué gastos corresponden las deducciones por un total de pesos cinco mil ochocientos ($5.800) es que el consumidor ejecutado deberá devolver sólo el capital efectivamente prestado, esto es, la suma de pesos trece mil ($13.000)."

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