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PARRA ELVIO DANTE RENEE C/ AGUILERA CARLOS JORGE DANIEL Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/ LES. O MUERTE

El demandante Elvio Dante Parra interpuso un recurso de apelación tras el rechazo de su demanda de daños y perjuicios por un accidente automovilístico. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que no se acreditó la relación causal del hecho que originó el daño.

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Actor: PARRA ELVIO DANTE RENEE Demandado: AGUILERA CARLOS JORGE DANIEL; LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La carga de la prueba recae sobre el demandante, quien debe demostrar la existencia del hecho dañoso y su relación causal con el daño. En este caso, no se acreditó la relación causal del hecho para constituir la obligación de resarcir del accionado." "La declaración de rebeldía del demandado no implica el reconocimiento ficto de los hechos invocados en la demanda. La parte actora debe probar los hechos que fundamentan su pretensión, y en este caso, no se han presentado pruebas suficientes que confirmen la ocurrencia del accidente." "La ausencia de prueba sobre el hecho dañoso impide la procedencia de la demanda, por lo que la decisión de primera instancia fue correcta y debe ser confirmada."

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