VOLKSWAGEN SA DE AHORRO P/ FINES DETERMINADOS C/ S. I. H. S/ EJECUCION PRENDARIA
Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados apeló una resolución que omitió pronunciarse sobre el reajuste del crédito en una ejecución prendaria. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó la sentencia de trance y remate, estableciendo que el monto final de la deuda se calculará conforme al reajuste pactado.
Actor: Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados Demandado: S. I. H. Objeto: Reajuste del crédito en una ejecución prendaria Decisión: Se modificó la sentencia de trance y remate, permitiendo el cálculo del monto final de la deuda conforme al reajuste pactado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Debemos, en primer lugar, dilucidar si la mentada omisión podría derivar sin más en la nulidad misma del decisorio... En este aspecto deviene necesario recordar que -en materia de nulidades procesales
- rige el principio de conservación... En virtud de las resoluciones conjuntas N° 366/02 y N° 85/02... se ha resuelto que en los contratos de ahorro para fines determinados... el importe de las cuotas podrá quedar sujeto al valor móvil que corresponda...".
"Con esto quiero significar que el límite para la determinación conforme al valor móvil está dado por la finalización del grupo;... si uno de los participantes del mismo quedara adeudando determinada cantidad de cuotas es procedente su reajuste, pero con un límite..."
"Por lo que se deberá modificar la sentencia de trance y remate cuestionada, dejándose establecido que el monto final de la deuda deberá calcularse -al momento de la liquidación
- de conformidad con el reajuste pactado...".
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