SALOMONE LUCIANA GABRIELA C/ RODRIGUEZ PABLO LUIS S/ ALIMENTOS
El actor apeló la sentencia de alimentos solicitando un incremento en la cuota fijada. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, elevando la cuota alimentaria al 75% del índice de crianza por cada hijo, más la cuota del colegio y la obra social.
Actor: S. L. G. C. Demandado: R. P. L. S. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria. Decisión: Se modificó la cuota alimentaria, elevándola al 75% del índice de crianza, más cuota del colegio y obra social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El dictado de la aclaratoria (y el agregado allí de determinadas prestaciones) hace que, a mi modo de ver, la introducción de las cuestiones en su memorial de fecha 12 de diciembre de 2024 por parte de la demandada sea oportuna." "Es razonable, así, lo que se pide en el memorial en cuanto a elevar la cuota y es por ello que considero que se lo debe admitir." "La obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo (art. 658, segundo párrafo, CCyCN)."
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