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C., C. C/ A., L. A. S/ALIMENTOS

El demandado apeló la sentencia que homologó un acuerdo de alimentos y dispuso costas en su contra. La Cámara modificó la decisión y estableció las costas en el orden causado, considerando la naturaleza asistencial de la obligación alimentaria.

Alimentos Homologacion Costas Apelacion Juzgado de familia Proceso civil Conciliacion Obligacion alimentaria Orden causado Ley 14.967


¿Quién es el actor?

C. C.

¿A quién se demanda?

L. A. A.
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo de alimentos y la imposición de costas.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación, modificando las costas impuestas en la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Como regla general en materia alimentaria, quien debe cargar con las costas es el alimentante, pues lo contrario implicaría desvirtuar la esencia de la prestación al gravarse cuotas necesarias para la subsistencia del alimentado... el art. 73 del CPCC establece que corresponde imponer las costas en el orden causado, cuando el proceso finaliza por agotamiento de su objeto operado a través de los modos anormales de conclusión del proceso... el alimentante ha demostrado una conducta cumplidora y colaboradora, en pos del bienestar de sus dos hijas (arts. 3, 27 CDN)."

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