CARDOZO MAITE AYLIN C/ CARDOZO DIANA MABEL S/ GUARDA A PARIENTES
El demandante apeló la sentencia que otorgó la guarda de su hija a la abuela paterna. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, señalando que la apelante no cumplió con los requisitos para cuestionar la resolución.
Actor: Sra. C. M. A. Demandado: Sra. N. B. V. Objeto: Revocación de la guarda otorgada a la abuela paterna de la menor. Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia que otorgó la guarda a la abuela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La recurrente critica el accionar de la abuela paterna, sin hacerse cargo de las causas que motivaron el pedido de guarda de la niña." "Es evidente que la carga procesal dispuesta por el art. 260 del CPCC no ha sido cumplida, toda vez que la técnica recursiva utilizada para refutar lo decidido carece de rigor técnico." "Corresponde declarar desierto el recurso intentado (art. 261 del CPCC)."
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