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A.VE.DE.MA. C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO

El actor promovió demanda para el restablecimiento de derechos en virtud de un contrato de comodato. La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda, argumentando que la oposición a la prórroga del contrato fue notificada válidamente por la Municipalidad.

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Actor: ASOCIACIÓN DE VETERANOS DEFENSORES DE MALVINAS (A.VE.DE.MA.) Demandado: MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDÓN Objeto: Restablecimiento o reconocimiento de derechos derivados de un contrato de comodato. Decisión: Se rechazaron los recursos de ambas partes, confirmando la decisión de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El contrato de comodato que vinculó a las partes se celebró el 14 de noviembre de 2019 por un período de dos años a contar desde su rúbrica, plazo que se prorrogaría automáticamente por igual lapso... La Municipalidad de General Pueyrredón no demostró que, al momento en que finalizó el primer período acordado, ya había comunicado su oposición en los términos de la cláusula sexta del contrato..." "La oposición formulada en el citado escrito de defensa, por la fecha en que fue presentada y comunicada a la actora, no tuvo aptitud de frustrar la primera prórroga bienal del contrato... La solución adoptada por el juez es la que mejor se amolda a las circunstancias excepcionales que se presentan en este caso, motivo por el cual es el municipio accionado quien debe abonar la totalidad de los gastos generados en el marco de un proceso que ella misma motivó..."

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