RODRÍGUEZ GRACIELA HAYDÉE S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab intestato de GRACIELA HAYDÉE RODRIGUEZ, reconociendo a sus hijos GISELE GRACIELA JULIAN y SERGIO EDUARDO JULIAN, y a su esposo FELIX EDUARDO JULIAN como herederos, conforme a las constancias probatorias y la ley. La resolución confirma la existencia del fallecimiento y la filiación, y ordena la anotación registral correspondiente, sin afectar los derechos sobre los bienes gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analiza el pedido de declaración de herederos promovido en base a la muerte de GRACIELA HAYDÉE RODRIGUEZ ocurrida el 21 de diciembre de 2022 en Bahía Blanca. Se acreditó mediante certificado de defunción, libreta de familia y publicaciones, la filiación y matrimonio de la causante con FELIX EDUARDO JULIAN, y la existencia de sus hijos GISELE y SERGIO. La resolución sostiene que, conforme a los artículos 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y el art. 735 del Código Procesal, los herederos son los hijos y el cónyuge, en cuanto a bienes propios, sin perjuicio de derechos sobre los gananciales. Se dispuso además la publicación y registro del fallecimiento y la sucesión, y se dio por finalizada la intervención del fiscal. Fundamentos principales: "Que se ha acreditado en autos: (…) el fallecimiento de GRACIELA HAYDEE RODRIGUEZ, ocurrido en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el día 21 de diciembre de 2022." "Con la copia de la libreta de familia adjunta al escrito de fecha 19/05/2025: a) el matrimonio de la causante con FELIX EDUARDO JULIAN, celebrado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el día 12 de marzo de 1982 y b) el nacimiento y filiación de los hijos habidos de dicha unión, llamados GISELE GRACIELA JULIAN, ocurrido el día 10 de febrero de 1984 y SERGIO EDUARDO JULIAN, ocurrido el día 29 de agosto de 1986." "Con el comprobante adjunto al escrito de fecha 30/06/2025, se justifica que se dio cumplimiento con la publicación de edicto ordenada en fecha 21/05/2025 con el resultado que informa la Actuaria en fecha 03/07/2025." "Con el informe de fecha 22/05/2025 se dio cumplimiento con la ley 7205 y con el de fecha 29/05/2025 con lo dispuesto por el art. 724 del C.P.C. (modificado por la ley 11.511)." "Por ello
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