CREDIL SRL C/ ACOSTA ALEJANDRA SOLEDAD S/ COBRO EJECUTIVO
Credil Srl apeló la sentencia que había hecho lugar a la ejecución de pagarés por un monto menor al reclamado. La Cámara modificó la sentencia, reconociendo un capital adeudado de $21.439,27 y estableciendo condiciones para los intereses compensatorios.
Actor: Credil Srl Demandado: Acosta Alejandra Soledad Objeto: Cobro ejecutivo de pagarés Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, reconociendo un capital adeudado de $21.439,27 y estableciendo condiciones para los intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La relación jurídica entablada entre los litigantes se trata de una operación de crédito para consumo o financiación para consumo, regulada en el artículo 36 de la ley 24.240." "Se concluye que la sentencia cuestionada, en cuanto determina que la condena debe ser por la suma de $21.431,50 debe ser modificada, pues el capital puro adeudado es de $21.439,27." "Los intereses compensatorios pactados antes reconocidos se devengarán sobre la suma de capital admitido y, en relación a los accesorios se aplicarán los convenidos en tanto no superen, en su conjunto, una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento en mora a 30 días."
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