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GOMEZ DAIANA MARIELA C/ CLINICA PRIVADA PROVINCIAL S.A. S/ INCIDENTE DE PRONTO PAGO CONCURSO/QUIEBRA (EXCEPTO VERIFICACION)

Daiana Mariela Gómez promovió un incidente de pronto pago en el marco de un concurso de acreedores. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, desestimando la inclusión de intereses y exonerando a la trabajadora de costas.

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Actor: GOMEZ DAIANA MARIELA Demandado: CLINICA PRIVADA PROVINCIAL S.A. Objeto: Pronto pago de créditos laborales en el contexto de un concurso. Decisión: Se confirmó la resolución de primera instancia que admitió el pronto pago, sin incluir intereses y sin imponer costas a la trabajadora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El pronto pago es un mecanismo excepcional que la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ) destina a proteger la naturaleza alimentaria de determinados créditos -principalmente los laborales
- adelantándoles la percepción efectiva frente al atraso que conlleva el trámite concursal o falencial." "No procede, entonces, el pronto pago a su respecto. Es decir, esto no implica desconocer el crédito en cuestión ni decir nada acerca de si correspondía, o no, aplicar los intereses sancionatorios del art. 275 de la LCT sino solamente determinar que la cuestión escapa al instituto del pronto pago." "No dándose ninguno de estos supuestos, y aunque el pedido de pronto pago no haya prosperado por la totalidad, lo cierto es que sí prosperó, por tal motivo entiendo que no debe cargar la trabajadora con costas, siquiera las propias."

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