R. P. A. Y OTROS C/ P. J. D. L. P. D. B. A. M. P. S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Los actores interpusieron un recurso de apelación contra la resolución que reguló la base arancelaria en un proceso de desalojo. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la base regulatoria debe ceñirse a los plazos contractuales acordados y no considerar periodos intermedios.
Actor: R. P. A. Y OTROS Demandado: P. J. D. L. P. D. B. A. M. P. S. Objeto: Regulación de la base arancelaria en un proceso de desalojo. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución del 20 de diciembre de 2024.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta contundente la norma en cuanto a que ha de tomarse el plazo contractual a los fines de determinar la base regulatoria en los supuestos como los de marras, y en el presente caso, los meses que en el memorial se pretenden incorporar se encuentran fuera de dicho plazo." "En cuanto a los intereses, la norma arancelaria no prevé su determinación, por lo cual, su desestimación se impone." "Cabe recordar que, tal como se adelantó, si bien la normativa prevé la posibilidad de que en caso de que el profesional estimarse inadecuado el alquiler fijado, puede actualizarse, la estimación que autoriza el artículo 40 de la ley estipendial debe ser expuesta en forma clara y precisa en las actuaciones."
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