C., M. L. C/ B., P. A. S/ ALIMENTOS
El demandante apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria de 2 SMVM a favor de sus cinco hijos menores. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que el monto es adecuado para cubrir las necesidades de los niños y que el demandado debe cumplir con su obligación alimentaria.
Actor: María Luján Cichilitti Demandado: Pablo Andrés Baracco Objeto: Cuota alimentaria para cinco hijos menores Decisión: Se confirma la cuota alimentaria fijada en 2 SMVM
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal ha resuelto en similares pedidos que 'el derecho al replanteo de prueba en segunda instancia es excepcional...'. Considero que no resulta procedente el pedido de replanteo de la prueba mencionada." "Los progenitores tienen el deber de proveer alimentos a sus hijos menores de edad, por lo que no pueden excusarse aduciendo la falta de trabajo o la disminución de ingresos...". "En función de las edades de los tres más jóvenes, resulta de utilidad el empleo de los datos aportados por la Canasta de Crianza...". "Es evidente que, de acuerdo a los parámetros objetivos que surgen de la Canasta de Crianza, la cuota fijada no resulta para nada excesiva para cubrir las necesidades de cinco niños/as."
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