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CORTES MARIA FERNANDA C/ FRAVEGA S.A.C.I.E.I. S/ HABEAS DATA

Maria Fernanda Cortes interpuso un recurso de apelación tras la decisión del juez de primera instancia que consideró que la causa era de competencia federal. La Cámara de Apelación revocó dicha resolución, argumentando que el habeas data debe ser tramitado en la justicia local.

Habeas data Competencia Informacion personal Ley 25.326 Ley 14.214 Justicia local Acceso a la justicia Consumidora Revocacion de sentencia Apelacion

Actor: Maria Fernanda Cortes Demandado: FRAVEGA S.A.C.I.E.I. Objeto: Acceso a la información personal que la demandada posee en su base de datos. Decisión: Se revocó la resolución de primera instancia que había declarado la competencia federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso merece prosperar... en el marco de la legislación bonaerense la ley 14214 permite al ciudadano afectado la posibilidad de incoar el presente proceso constitucional como una garantía de un efectivo acceso a la justicia y a la información personal que las entidades públicas o privadas poseen." "El objeto de la pretensión se ha centrado en la obtención de información que una empresa privada posee respecto de una consumidora y no de la eliminación de aquello que no conoce." "Lo que se persigue por medio de la presente acción constitucional es la obtención de la información que la empresa FRAVEGA posee respecto de la aquí accionante María Fernanda Cortes."

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