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D.,E.E. S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD

D. E. E. interpone recurso de apelación contra la resolución que decreta medida de no innovar respecto a su pensión no contributiva por invalidez laboral. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirma la decisión, garantizando la protección de sus derechos en virtud de la Ley 26.378.

Recurso de apelacion Pension no contributiva Capacidad juridica Medida cautelar Derechos de las personas con discapacidad Ley 26.378 Due process Jurisdiccion Proteccion de derechos Alzada


¿Quién es el actor?

D. E. E.

¿A quién se demanda?

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
- Objeto de la demanda: Medida cautelar de no innovar respecto a la pensión no contributiva por invalidez laboral.
- Decisión del tribunal: Se confirma la medida cautelar dictada en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Tribunal resolvió plantear y votar las siguientes: ¿Es ajustada a derecho la resolución apelada? [...] La medida de no innovar decretada por S.S. se encuentra ajustada a derecho y es la forma idónea y la vía procesal pertinente para la protección de los derechos constitucionales de la causante." "La pensión resulta ser el único ingreso económico, y lo que le permite cubrir las necesidades mínimas y básicas de alimentación, salud y vivienda." "No puede soslayarse que la medida así dispuesta se ha fundado en la normativa prevista en el cumplimiento de la Ley 26.378 con jerarquía constitucional y busca, solamente, garantizar que el eventual vencimiento del plazo estipulado para cumplir con los requisitos señalados atente a los derechos de la causante."

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