CREDIL SRL C/ FUENTES EMMANUEL MAXIMILIANO S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata modifica parcialmente la sentencia de primera instancia en relación con los intereses, estableciendo límites en la aplicación de tasas y tipos de intereses en un proceso ejecutivo por cobro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, CREDIL SRL, demanda a FUENTES, EMMANUEL MAXIMILIANO, reclamando el pago de un capital de $35.000,00 más intereses. La sentencia de primera instancia ordenó llevar adelante la ejecución por el monto prestado, aplicando intereses compensatorios desde la creación del documento (25/07/2022) hasta la mora (05/06/2023) y, posteriormente, intereses moratorios y punitorios. La apelación cuestiona la exclusión de intereses moratorios y la reducción de intereses compensatorios, solicitando que se respeten o se fije en una tasa mayor. La Cámara analiza la naturaleza del crédito, confirmando que se trata de una operación de consumo regulada por la ley 24.240 y que los intereses deben calcularse sobre el capital efectivo, no sobre un saldo con intereses capitalizados, por lo que se modifica la sentencia para establecer que los intereses compensatorios se devengan sobre el capital puro, y los moratorios y punitorios se aplicarán en los límites de una vez y media la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, respetando la buena fe y evitando abusos. La Sala destaca que los intereses punitorios tienen función sancionatoria y no deben reducirse a moratorios, y que la limitación en los intereses compensatorios responde a la discrecionalidad judicial para evitar desproporciones. Se señala además que no existe pacto que permita la capitalización de intereses, por lo que estos no deben capitalizarse. La sentencia modificada confirma la decisión en todo lo demás, con costas de alzada a cargo del actor, por su orden.
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