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BARROSO DAMIAN PABLO C/ OCUPANTES Y/O INQUILINOS JUAN J DIAZ 874 - SAN ISIDRO S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

El demandante promovió una acción de desalojo contra el demandado por ocupación indebida de un inmueble. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando al demandado desocupar el inmueble en un plazo de diez días.

Desalojo Propiedad Posesion Accion personal Legitimacion activa Codigo procesal civil y comercial Inmueble Restitucion Sentencia confirmada Costas al vencido

Actor: DPB Demandado: J.C.G. Objeto: Desalojo de un inmueble. Decisión: Se confirma la sentencia de desalojo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El proceso de desalojo tiene por finalidad la recuperación o restitución de un bien inmueble contra quien se halla obligado a ello (art. 676 del CPCC; SCBA, Rc 116.467 sent. 29-2-2012). La legitimación activa se da a favor de quien tenga la titularidad de un derecho sobre los bienes que autorice a disfrutarlos, en concepto de propietario, poseedor, locador, usufructuario, usuario o de cualquier otro análogo." "El demandado no ha logrado acreditar con visos de seriedad suficiente la condición de poseedor que alegó. El actor ha demostrado la calidad de propietario y su legitimación para promover la presente acción." "El demandante, en su calidad de dueño del inmueble objeto de autos, tiene la potestad de excluir a terceros del uso y goce o disposición de la misma cuando la habitan sin derecho (arts. 1941 y 1944 del CCCN)."

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