P. D. C. C/ C. D. E. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)
El demandante solicitó el levantamiento de medidas de protección por violencia familiar. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia al considerar que las medidas eran necesarias para proteger a la víctima y que los argumentos del apelante no eran suficientes.
Actor: P. D. C. Demandado: D. E. C. Objeto: Levantamiento de medidas de protección por violencia familiar. Decisión: Se rechaza la apelación y se confirma la resolución de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La finalidad de la ley de protección contra la violencia familiar... es hacer cesar el riesgo que pesa sobre las víctimas, evitando el agravamiento de los perjuicios concretos derivados de eventuales maltrato que pudieran ceñirse sobre ellas." "Se ha sostenido que basta la sospecha de la verosimilitud de la denuncia efectuada para que el juez pueda ordenar medidas como la prohibición del demandado de acceder al domicilio (y sus cercanías) de las víctimas." "No cabe sino concluir en que la resolución en crisis resulta ajustada a derecho."
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