.................... S/ROBO (IPP 03-04-155-25) (J.G N°6)
Los imputados Patricio López y Nahuel Sosa apelaron la decisión de no concederles la excarcelación. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal confirmó la resolución de primera instancia, argumentando la existencia de peligros procesales que justifican la privación de libertad.
Actor: María Verónica Olindi Huespi Demandado: Patricio López; Nahuel Sosa Objeto: La excarcelación de los imputados. Decisión: Se confirmó la decisión de no hacer lugar a la excarcelación solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las medidas de coerción se deben aplicar en casos extremos, excepcionales, cuando resulte indispensable y con el criterio de la última ratio." "Si bien el encausado no tiene antecedentes condenatorios, en el marco de la IPP 03-03-24848-18 en trámite, incumplió las condiciones impuestas para la suspensión de juicio a prueba; existiendo por lo tanto indicios suficientes que el imputado no tuvo voluntad de sometimiento a proceso, siendo esto un claro indicador de peligro procesal (art. 148 inc. 4)." "Dichos peligros procesales mencionados ut supra, ponen en riesgo la concreción del Derecho, motivos previstos por las normas de nuestro ordenamiento procesal para la mantención de la privación de libertad durante el proceso."
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