A., M. A. S/INCIDENTE DE REGIMEN ABIERTO Y SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA N° 7948 IPP 03-00-7979-10 Y 03-00-452-11 Y OTRAS UFIJ N° 6 (JEP-18813)
El defensor interpuso un incidente solicitando el régimen abierto y salidas transitorias para Mario Andrés Arrabit, condenado por homicidio. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de primera instancia, argumentando que se ajustó a derecho y valoró adecuadamente los informes del Servicio Penitenciario.
Actor: Dr. Carlos Fortini (Defensor Oficial) Demandado: Mario Andrés Arrabit Objeto: Régimen abierto y salidas transitorias Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la decisión del juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El a quo ha valorado correctamente el informe del servicio penitenciario, ajustándose a derecho la resolución apelada, por cuanto es la propia ley que se pretende aplicar al caso (Ley provincial de Ejecución Penal n° 12.256) en su artículo 100, la que establece la necesidad del informe del Servicio Penitenciario." "El principio de progresividad, como su nombre lo indica, se trata de un progreso paulatino que requiere tiempo, a fin de que el penado vaya adaptándose de a poco a las distintas instancias de resociabilización y readaptación." "El penado no se encuentra incorporado al régimen requerido por la ley para el otorgamiento de las salidas transitorias requeridas (Art. 146 en concordancia con los artículos 100 y 133 de la Ley 12.256)."
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