.................... S/ APELACIÓN DE SENTENCIA
El demandado fue condenado por realizar actos de corretaje sin matrícula habilitante en la provincia de Buenos Aires. La Cámara de Apelación confirmó la condena, argumentando que la conducta del imputado encuadra en la infracción a la ley 10.973.
Actor: Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro Demandado: J. P. M. Objeto: Condena por infracción a la ley 10.973 por realizar actos de corretaje sin matrícula habilitante. Decisión: Se declaró admisible el recurso de apelación, pero se confirmó la condena impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de apelación deducido por la Defensora Oficial, Dra. Graciela Mazzone, en fecha 19 de diciembre del pasado año, debe ser declarado admisible... un excesivo rigorismo formal no puede ir en contra del derecho a defensa en juicio del imputado." "En el caso, y a partir de los lineamientos trazados por la parte acusadora... la conducta reprochada a Medina resultó típica, pues advierto que encuadra en la norma por la cual llega imputado." "Es claro que, sólo resulta persona autorizada, quien se encuentre debidamente matriculado en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de esta provincia..."
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