.................... S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL VÍNCULO Y POR HABER SIDO COMETIDAS POR UN HOMBRE HACIA UNA MUJER MEDIANDO VIOLENCIA DE GÉNERO, AMENAZAS Y DAÑO, EN EL CONTEXTO DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO, Y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE USO CONDICIONAL, TODO ELLO EN CONCURSO REAL ENTRE SÍ
La Cámara de Apelaciones en lo Penal Departamental confirma la condena de 2 años de prisión efectiva a Emiliano Ayala por lesiones leves agravadas, amenazas, daño y tenencia ilegítima de arma de guerra en un contexto de violencia de género y familiar. La valoración probatoria y la perspectiva de género fundamentan la decisión del tribunal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara revisó la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado en lo Correccional N° 4 Departamental, que condenó a Emiliano Ayala a 2 años de prisión por los delitos de lesiones leves agravadas, amenazas, daño, en concurso real, en el marco de violencia de género y familiar, y tenencia ilegítima de arma de guerra. La defensa argumentó que la valoración probatoria fue arbitraria y que la sentencia no se encontraba debidamente motivada, solicitando la revocación y absolución. La Cámara sostuvo que la valoración de la prueba, incluyendo el testimonio de la víctima, informes médicos, testimonios de testigos y elementos balísticos, fue adecuada y fundamentada. La valoración del relato de la víctima y la perspectiva de género fueron consideradas elementos centrales para la decisión. La sentencia fue apoyada en la coherencia del plexo probatorio y en la valoración integral de los hechos, sin arbitrariedad ni afectación del debido proceso. La Cámara concluyó que no hay razones para modificar la fallo y confirmó la condena en todos sus términos.
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